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1. 
No se pierden por el transcurso del tiempo, independientemente de hacer uso de ellos o no.
2. 
Una vez reconocidos, quedan integrados al sistema existente y no pueden ser suprimidos posteriormente. Todo derecho formalmente reconocido como inherente a la persona humana queda irrevocablemente integrado a la categoría de Derecho Humano, categoría que en el futuro no puede perderse.
3. 
La dignidad humana es absoluta y no es divisible. Los Derechos Humanos son un conjunto armónico que garantiza el respeto a la dignidad humana. No tienen jerarquía entre sí, es decir, no se permite dar mayor importancia a unos por encima de otros.
4. 
Se extienden a todo el género humano, en todo tiempo y lugar; no pueden invocarse diferencias culturales, sociales o políticas como excusa para su desconocimiento o aplicación parcial, sin importar las diferencias existentes entre las personas.
5. 
Porque son innatos a todos los seres humanos, sin distinción alguna, pues se asume que nacemos con ellos. Por lo tanto, estos derechos no dependen de un reconocimiento por parte del Estado.
6. 
Su respeto se puede reclamar indistintamente a cualquier persona o autoridad.