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1. 
Acta de iniciación. Es el documento que firman el _______________________________ en el cual se estipula la fecha de iniciación del contrato de obra o aquel que lo requiera. A partir de dicha fecha se comienza a contabilizar el plazo y se establece la fecha última para la entrega de lo pactado en el objeto del contrato.
2. 
Acta de suspensión. Es:
A.
El documento mediante el cual el contratante y el contratista acuerdan la suspensión del contrato, aunque no se presente una circunstancia especial que amerite el cese del desarrollo del mismo, debidamente demostrada.
B.
El documento mediante el cual el contratante y el interventor acuerdan la suspensión del contrato, cuando se presenta una circunstancia especial que amerite el cese del desarrollo del mismo, debidamente demostrada.
C.
El documento mediante el cual el contratante y el contratista acuerdan la suspensión del contrato, cuando se presenta una circunstancia especial que amerite el cese del desarrollo del mismo, debidamente demostrada.
D.
El documento mediante el cual el contratante y el contratista acuerdan la anulación del contrato, cuando se presenta una circunstancia especial que amerite el cese del desarrollo del mismo, debidamente demostrada.
3. 
Auditoría Ambiental. Consiste en un proceso de verificación sistemático y documentado para obtener y evaluar en forma objetiva la evidencia que permita determinar si las actividades ambientales, los eventos, las condiciones y los sistemas administrativos especificados cumplen con los requerimientos y...
A.
normatividad municipal vigentes.
B.
normatividad ambiental.
C.
normatividad urbana vigentes
D.
normatividad ambiental vigentes.
4. 
En una obra contratada por el estado, el Anticipo se entiende como: recursos públicos entregados por la entidad contratante al contratista, quien se obliga a destinarlos:
A.
en forma exclusiva a la ejecución del contrato.
B.
en forma opcional a la ejecución del contrato.
C.
en forma exclusiva al sueldo de los trabajadores de la obra
D.
en forma exclusiva al pago de servicios públicos.
5. 
Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP). Es:
A.
El documento expedido por el Interventor, mediante el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible, libre de toda afectación y suficiente para respaldar los compromisos que se adquieren con la celebración del contrato.
B.
El documento expedido por el responsable de Presupuesto, mediante el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible, libre de toda afectación y suficiente para respaldar los compromisos que se adquieren con la celebración del contrato.
C.
El documento expedido por el responsable de Presupuesto, mediante el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible.
D.
El documento expedido por el Contratista, mediante el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible, libre de toda afectación y suficiente para respaldar los compromisos que se adquieren con la celebración del contrato.
6. 
Se le llama Consorcio a:
A.
Asociación de dos más personas naturales, las cuales presentan en forma conjunta una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que la conforman.
B.
Asociación de dos más personas naturales o jurídicas, las cuales presentan en forma individual propuestas distintas para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que la conforman.
C.
Asociación de dos más personas jurídicas, las cuales presentan en forma conjunta una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que la conforman.
D.
Asociación de dos más personas naturales o jurídicas, las cuales presentan en forma conjunta una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato. En consecuencia las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectaran a todos los miembros que la conforman.
7. 
Un Contratista es:
A.
Persona natural o jurídica con quien se ha celebrado un contrato, fruto de una convocatoria, concurso o contratación directa y con quien se celebra el respectivo contrato.
B.
Persona natural con quien se ha celebrado un contrato, fruto de una convocatoria, concurso o contratación directa y con quien se celebra el respectivo contrato.
C.
Persona natural o jurídica con quien se ha celebrado un contrato, fruto de una decisión arbitraria, y con quien se celebra el respectivo contrato.
D.
Persona jurídica con quien se ha celebrado un contrato, fruto de una convocatoria, concurso o contratación directa y con quien se celebra el respectivo contrato.
8. 
En un Contrato de Prestación de Servicios
A.
Se genera siempre relación laboral y prestaciones sociales.
B.
Se genera siempre relación laboral pero nunca prestaciones sociales.
C.
genera relación laboral y vacaciones.
D.
En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales. a menos que el contrato a realizar cumpla con los requisitos para que se genere una relación de tipo laboral, con los elementos contemplados por el Articulo 23 del Código Sustantivo del Trabajo (Consultar Radicado ID 40827 Laboral individual )
9. 
Orden de Pago:
A.
Es el documento por medio del cual se efectúa el pago por parte de la Entidad contratante al contratista por las actividades ejecutadas y no ejecutadas.
B.
Es el documento por medio del cual se efectúa el pago por parte de la Entidad contratante a los obreros por las actividades ejecutadas durante el período respectivo de acuerdo con la modalidad de pago acordada en el contrato.
C.
Es el documento por medio del cual se efectúa el pago por parte de la Interventoría al contratista por las actividades ejecutadas durante el período respectivo de acuerdo con la modalidad de pago acordada en el contrato.
D.
Es el documento por medio del cual se efectúa el pago por parte de la Entidad contratante al contratista por las actividades ejecutadas durante el período respectivo de acuerdo con la modalidad de pago acordada en el contrato.
10. 
Trabajo Adicional se define como:
A.
Aquellas actividades suplementarias a las inicialmente contratadas, las cuales por su naturaleza pueden ejecutarse de acuerdo con a las especificaciones y precios del contrato, respecto de las cuales el la entidad contratante podrá ordenar su ejecución y el contratista está obligado a ejecutarlas.
B.
Aquellas actividades suplementarias a las inicialmente contratadas, las cuales por su naturaleza pueden ejecutarse de acuerdo con a las especificaciones y precios del contrato, respecto de las cuales el la entidad contratante podrá ordenar su ejecución y el contratista es libre de ejecutarlas.
C.
Aquellas actividades contratadas desde el inicio del proyecto, las cuales por su naturaleza pueden ejecutarse de acuerdo con a las especificaciones y precios del contrato, respecto de las cuales el la entidad contratante podrá ordenar su ejecución y el contratista está obligado a ejecutarlas.
D.
Aquellas actividades suplementarias a las inicialmente contratadas, las cuales nunca se ejecutan de acuerdo con a las especificaciones y precios del contrato, respecto de las cuales el la entidad contratante podrá ordenar su ejecución y el contratista está obligado a ejecutarlas.
11. 
Valor final del contrato.
A.
Es la resultante de la suma de todos los pagos y deducciones efectuados al contratista, en el momento de hacer la liquidación del contrato, sin incluir los reajustes.
B.
Es la resultante de la suma de todos los pagos y deducciones efectuados al contratista, en cualquier momento de la ejecución de la obra, incluyendo los reajustes.
C.
Es la resultante de la suma de todos los pagos y deducciones efectuados al contratista, en el momento de hacer la liquidación del contrato, incluyendo los reajustes.
D.
Todas las anteriores
12. 
Respecto a la palabra INTERVENTORÍA, podemos decir que:
A.
Es un colombianismo que lo hemos hecho original en nuestro medio.
B.
en otros países significa la supervisión de una obra
C.
"Es el procurador del éxito en la realización de una obra
D.
Es una actitud profesional que involucra la personalidad, el comportamiento humano y el cumplimiento de las funciones profesionales, tocando la ética profesional.
E.
Todas las anteriores
F.
Ninguna de las anteriores
13. 
Las Memorias de Cálculo serán como documento de consulta más inmediato de las apreciaciones del diseñador y por lo tanto:
A.
Deben ser muy esquemáticos y extensos.
B.
Deben ser lo más explícitos posibles, aunque de preferencia breves.
C.
Deben ser supremamente estéticos.
D.
Deben ser hechos en forma rápida.
14. 
Antes de iniciar una obra se debe realizar una reunión preliminar donde intervienen:
A.
El propietario, la interventoría, el Contratista y ojalá también el Diseñador
B.
El propietario, el Contratista y ojalá también el Diseñador
C.
El propietario, la interventoría, el Contratista y pero nunca el Diseñador
D.
El propietario, la interventoría, el Contratista y ojalá también un subcontratista.
15. 
Las clases de comunicaciones que se pueden dar en el transcurso de una obra pueden ser:
16. 
Las clases de comunicaciones que se pueden dar en el transcurso de una obra pueden ser:
A.
Escritas - Verbales o personales - Telefónicas
B.
Verbales o personales - Telefónicas - Electrónicas (e-mail)
C.
Escritas - Telefónicas - Electrónicas (e-mail)
D.
Escritas - Verbales o personales - Telefónicas - Electrónicas (e-mail)
17. 
Loas Pliegos de Condiciones le dan la oportunidad a los proponentes de obtener la información requerida por parte del propietario, para presentar una propuesta en igualdad de condiciones a una Licitación específica de una obra. En general, los pliegos de condiciones deben contener, entre otras cosas, lo siguiente:
A.
Condiciones generales - Bases de la Propuesta - Guía de obligaciones laborales de los contratistas - Especificaciones Técnicas - Consideraciones administrativas.
B.
Condiciones generales - Bases de la Propuesta - Guía de obligaciones laborales de los contratistas - Especificaciones Técnicas
C.
Guía de obligaciones laborales de los contratistas - Especificaciones Técnicas - Consideraciones administrativas.
D.
Condiciones generales - Manual de convivencia - Especificaciones Técnicas - Consideraciones administrativas.