New Activity
Play Matching Pairs

Karel Vasak

Derechos de 3a generación

Los derechos humanos son indivisibles

Los derechos humanos son universales

Los derechos humanos no son ilimitados

Derechos de 2a generación

Derechos de 1a generación

Los derechos humanos son inviolables

Derechos de 4a generación

Los derechos humanos son inalienables

Es el creador de la noción generacional de los derechos humanos es el checoslovaco, ex Director de la División de Derechos Humanos y Paz de la UNESCO. Introdujo el concepto de las 3 generaciones en su conferencia para el Instituto Internacional de Derechos Humanos, en Estrasburgo, 1979.

Tal característica significa que no pueden ser renunciados ni revocados por sus propios titulares, es decir, que no pueden ser «enajenados» en el sentido de que el propio titular no está moralmente autorizado para prescindir de ellos.

Reivindicados frente a las monarquías absolutistas y conocidos como derechos civiles. Consecuencia de la idea de libertad, del pensamiento de la ilustración, de la teoría del contrato social y de las incitadas revoluciones burguesas del siglo XVIII.

Significa que todos los derechos humanos están unidos por un mismo cuerpo de principios. No hay derechos humanos más importantes que otros y todos los derechos humanos están interrelacionados. No puede afectarse un derecho sin afectar otros

Es necesaria esta característica porque terminan donde comienzan los derechos ajenos. Están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común, en una sociedad.

dicha característica quiere decir que permiten a todo ser humano, sin excepción alguna, tener acceso a ellos. Dicho de otra manera, significa que se aplica a todas las personas, en todos los países del mundo, sin excepción.

Los nuevos derechos pretendidos canalizar en una nueva generación, son todos, por ahora, nuevas manifestaciones de los derechos de 1a, 2a y 3a generaciones; con otras palabras, son los mismos derechos de las generaciones indicadas; pero, en nuevos entornos o frente a nuevas amenazas.

Nadie puede atentar, lesionar o destruir dichos derechos. Esto significa que la obligación de respetar los derechos humanos la tienen las personas, los Estados y las leyes. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales.

También conocidos como los derechos económicos, sociales y culturales. Estos derechos son consecuencia de la idea de igualdad universal nacida del pensamiento humanista y socialista del siglo XIX, ante las desigualdades de una sociedad resentida.

Son conocidos como los derechos de la solidaridad. Esta generación, que data de la segunda mitad del siglo XX, es consecuencia de una fraternal respuesta a factores discriminatorios o necesidades futuras en riesgo.