1.
En este principio no se otorgará un trato más favorable, y mucho menos un trato discriminatorio, a la inversión extranjera.
ALEDRRNEITAACDIDGTNOIIELOUPP.
2.
En el principio de universalidad la inversión extranjera está permitida en todos los campos excepto:
GAANLDENEAADSEIIRDCYUNOSF
3.
OCPSIELEAAÓNIROCMNBIVSIELNNIPRDIO
4.
En este principio la realización de inversión extranjera no requiere autorización, excepto para ciertos regímenes especiales
IIMCIANPTOATPURCDEDAOIDI
5.
En este principio los términos de utilidad y liquidez acordados en el momento del registro de la inversión no deben modificarse posteriormente de manera que afecte negativamente a los inversores.