SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD COOPERATIVA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
SOCIEDAD DE CAPITAL VARIABLE
ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN
SOCIEDAD MUTUALISTA
Es un contrato por el cual una persona concede a otra que le aportan bienes o servicios una participación en las ganancias o pérdidas de las utilidades de una negociación mercantil o de una o varias operaciones.
Calculan las cuotas que han de cubrir sus miembros por adelantado, a modo de incluir la parte proporcional de riesgo así como los gastos de administración.
En la denominación de esta sociedad deberá establecerse la clase de responsabilidad que se adoptó. S.C.S. o S.C.L.
Son aquellas en que puede alterarse el monto del capital social sin modificar la escritura constitutiva.
Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, solo pueden ser cedibles en los casos permitidos por la Ley.
SU FUNCIÓN ECONÓMICA ES SER PARA GRANDES EMPRESAS QUE TIENEN ACCIONES