1
Impugna actos o resoluciones de autoridades electorales estatales, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el art. 86 de la L.G.S.M.I.M.E.
2
Estipulado en la Fracción V del art. 99 de la Constitución. Procede contra actos que violen derechos político-electorales del ciudadano, siendo éste último el único legitimado para promoverlo.
3
Es el medio de control consagrado en la fracción II del art. 105 constitucional, el cual procede ante la contradicción entre una norma general (ley o decreto) o un tratado internacional y la Carta Magna.
4
Medio de control que tiene por objeto restaurar el orden constitucional violentado por una ley o acto que invada la esfera de competencia establecida en la Carta Magna, el Federalismo y la Soberanía Popular.
5
Conjunto de instrumentos procesales cuyo objetivo es hacer valer el contenido, los alcances y la evolución de la Ley Constitucional.
6
Medios o mecanismos que hacen difícil la modificación de la Carta Magna.
7
Medios procesales establecidos en la propia Carta Magna que tienen por objeto ceñir los poderes del Estado para que no actúen fuera de sus facultades.
8
Medios de control estipulado en los artículos 103 y 107 de la constitución, el cual procede contra leyes o actos de autoridad que violen garantías individuales de los gobernados.