Justicia Tributaria
Capacidad económica
Igualdad
Generalidad
Poder Tributario
Actividad financiera del Estado
Progresividad
No confiscatoriedad
A mayor capacidad económica, mayor la carga tributaria.
Ningún tributo puede ser tan fuerte que destruya la capacidad económica.
Poder del Estado para exigir o eximir tributos; lo tiene la Asamblea Legislativa.
Actividad del Estado para obtener ingresos, para solventar las necesidades públicas.
Todos deben contribuir con las cargas públicas.
Grupo de principios constitucionales que limita el poder tributario, orientan al legislador y guían a los funcionarios en sus labores.
Riqueza gravable manifestada. La riqueza que se paga es aquella que establece la ley.
Dar a cada uno lo que le corresponde.