Contrato de arrendamiento financiero, que trae causa de los modelos contractuales norteamericanos y en virtud del cual una sociedad de arrendamiento financiero, autorizada por el Ministerio e inscrita en el Registro Especial del Banco de España, cede temporalmente el goce y disfrute de un bien de su propiedad a la otra parte contratante (usuario), quien abona en concepto de contraprestación un canon periódico con un importe anual creciente o constante, con la peculiaridad de que, terminado el plazo de uso y disfrute, el usuario puede ejercitar un derecho de opción de compra por el que, abonando un precio residual (similar a la renta pagada en el último plazo), se convierte en propietario final del bien.