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1. Cheque
2. Letra de cambio
3. Pagaré

El pago se puede realizar al librador o a un tercero, llamado beneficiario, tomador o tenedor, a quien el librador ha transmitido o endosado el documento

Documento mercantil por el que un banco o entidad de crédito se obliga al pago de una determinada cantidad por orden de uno de sus clientes y con cargo a su cuenta bancaria

Intervienen los siguientes sujetos: Librador , Librado , Tenedor , Endosante y Avalista

Documento mercantil por el que una persona (el librador) ordena a otra (el librado) el pago de una determinada cantidad de dinero en una fecha determinada o con un vencimiento concreto.

Es un título que contiene la promesa de pagar una determinada cantidad de dinero, por parte de la persona que lo emite (el firmante) a otra persona que se denomina beneficiario o tenedor.

A diferencia de otros documentos, supone una promesa incondicional de pagar una suma de dinero en moneda nacional o su equivalente internacional, no una orden de pago.