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Sociedad en nombre colectivo

Sociedad de responsabilidad limitada

Sociedad anónima

Sociedades de personas

Sociedad en comandita simple

Sociedades de capitales

Sociedades irregulares:

Sociedad cooperativa

Sociedad por acciones simplificada

Sociedades civiles:

su capital está dividido en acciones - creadas por reforma de 14 de marzo de 2016 - 1 o más personas obligadas al pago de sus aportaciones en acciones - los accionistas no pueden participar en otra sociedad - todas las acciones deben pagarse dentro de 1 año - No hay comisario - 5 millones de ingresos anuales o menos.

junta de socios - administradores - los socios no administradores ejercen vigilancia o pueden nombrar interventor

son aquellas cuya participación es representada en acciones y el valor de las mismas determina la importancia del voto de su titular en la toma de decisiones

junta de socios - administradores - los socios no administradores ejercen vigilancia o pueden nombrar interventor

son aquellas cuya integración se corresponde con las partes sociales que representa cada socio, por lo que su capital no es de libre circulación.

asamblea de socios - consejo de administración - consejo de vigilancia - vigilancia estatal

A.C., S.C. es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de repartir entre sí ganancias y sin personalidad jurídica propia.

el capital está dividido en acciones y se integra por las aportaciones de los socios que no responden personalmente de las deudas sociales. Asamblea de accionistas - administrador general único o consejo de administración - comisario - min 2 socios - puede ser socio cualquier persona capaz - los socios son llamados accionistas - el ingreso de nuevos socios puede ser por compra, circulación o emisión de nuevas acciones - la circulación de los títulos de crédito es libre salvo pacto en contrario

la resp. está limitada al capital aportado y por lo tanto en el caso de que se contraigan deudas no responde con el patrimonio personal de los socios sino al aportado en dicha empresa limitada. Asamblea de socios - gerentes - consejo de vigilancia - 2 a 50 socios - socios personas físicas o juridicas - no puede haber socio industrial - consentimiento de los demás socios para admitir nuevos

sociedades que no se encuentran inscritas en el registro público del comercio. Quien se obligue en su nombre responderán de las obligaciones contraídas de manera solidaria, subsidiraria e ilimitada. Los socios no culpables de la irregularidad pueden exigir el pago de daños y perjuicios.