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Play Matching Pairs

El matrimonio supone la fidelidad recíproca, la vida y asistencia comunes y la relación sexual a menos que exista causa justificada que impida la realización de esta última.

Por unirse los concubinos en matrimonio entre ellos mismos o con persona distinta.

Proviene de la voz latina spondeo, que significa promesa, según las cuales se prometida a una mujer para un enlace próximo (hoy en día prometida).

La edad mínima para contraer matrimonio será de dieciocho años cumplidos.

Es una institución social y permanente, por la cual se establece la unión jurídica de un solo hombre y una sola mujer, que con igualdad de derechos y obligaciones.

Cuando el hombre institucionalizo la figura jurídica del Matrimonio, creo al mismo tiempo las prácticas religiosas y las costumbres legales pertinentes, una de ellas por su trascendencia social fue la de los esponsales.

Es la unión de un hombre y una mujer libres de matrimonio, que durante más de tres años de manera pública y constante hacen o hicieron vida en común como si estuvieren casados.

El parentesco por consanguinidad sin limitación de grado en la línea recta ascendente o descendente.

I.- Sociedad conyugal; y II.- Separación de bienes

Las personas que pretendan contraer matrimonio presentarán un escrito al Oficial del Registro del Estado Familiar.