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1. CONSTITUCIÓN POLITICA DEL PERU
2. ESTADO DE EMERGENCIA
3. ESTADO DE SITIO
4. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

Se aplica en caso de invasión,guerra exterior o guerra civil.

• Se produce en caso de perturbación de la paz o del orden interno. Se produce en situación de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la nación

La que rige en la actualidad es la de 1993

Entre otros son: A la vida,a su identidad,a la inviolavilidad de domicilio,a reunirse,al libre tránsito,

En ella se encuentran los derechos elementales de las personas

Se fundan en la dignidad del hombre

Durante su ejercicio los derechos fundamentales no se suspenden o restringen

Su plazo no excede los cuarenta y cinco días.

Título IV, Capítulo VII, Articulo 137, inciso 2

tAMBIÉN en ella se contempla el estado de excepción

Está dividida en: Títulos, capítulos, artículos e incisos

Solo pueden suspenderse en un estado de excepción

Título IV, Capítulo VII, Articulo 137, inciso 1

En esta eventualidad pueden suspenderse los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales,la inviolabilidad del domicilio y l a libertad de reunion y de tránsito

Su prorroga requiere un nuevo decreto

Se encuentran en el Título I: DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD

Su plazo no excede los 60 días

Es la carta magna, es decir ninguna ley puede estar por encima de ella.

Su prorroga requiere la aprovación del congreso.

Así se titula el Capitulo I de nuestra constitución.