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1. 
De acuerdo con el artículo 32 de la LCF, el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) con recursos federales por un monto equivalente al:
A.
0.3066% % de la Recaudación Federal Participable (RFP).
B.
2.5294% de la Recaudación Federal Participable (RFP).
C.
2.2228% de la Recaudación Federal Participable (RFP).
2. 
El Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se destinará a los siguientes rubros:
A.
Obras y acciones que beneficien preferentemente a la población de los municipios, demarcaciones territoriales y localidades que presenten mayores niveles de rezago social y pobreza extrema en la entidad.
B.
Agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica del sector salud y educativo, mejoramiento de vivienda, así como mantenimiento de infraestructura.
C.
Cumplimiento de obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, descargas de aguas residuales, a la modernización de los sistemas de recaudación locales, mantenimiento de infraestructura, y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.
3. 
De acuerdo con el artículo 36 de la LCF, el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) con recursos federales por un monto equivalente al:
A.
0.3066% % de la Recaudación Federal Participable (RFP).
B.
2.35% de la RFP estimada.
C.
2.5294% de la Recaudación Federal Participable (RFP).
4. 
Los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, los recursos para el mismo sólo pueden ser utilizados para los siguientes rubros:
A.
Obras y acciones que beneficien preferentemente a la población de los municipios, demarcaciones territoriales y localidades que presenten mayores niveles de rezago social y pobreza extrema en la entidad.
B.
Agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica del sector salud y educativo, mejoramiento de vivienda, así como mantenimiento de infraestructura.
C.
Cumplimiento de obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, descargas de aguas residuales, a la modernización de los sistemas de recaudación locales, mantenimiento de infraestructura, y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes.
5. 
Selecciona la opción correcta según el orden que le corresponda dentro del texto: Conforme al artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, “Las aportaciones federales que con cargo al ------------------------ reciban las entidades, los municipios y las demarcaciones territoriales, se destinarán exclusivamente al ---------------------------, ----------------------------- que beneficien directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social conforme a lo previsto en la --------------------------, y en las zonas de atención prioritaria”…
A.
El Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal; financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones; Ley General de Desarrollo Social.
B.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social; financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones; Ley General de Desarrollo Social.
C.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social; financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones; Ley General de Contabilidad Gubernamental.