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1 Es la forma en que se designa a los representantes del pueblo en el Gobierno (función electoral) y aprobar o rechazar los asuntos de importancia nacional (función normativa).
2 Es el mecanismo mediante el cual la Municipalidad somete a consideración de los ciudadanos un determinado asunto, a fin de obtener su opinión.
3 Es el procedimiento oral y público, de participación ciudadana que se realiza antes de tomar una decisión que pueda afectar los intereses o derechos de las ciudadanía y los prestatarios de los servicios públicos
4 Es cuando la ciudadanía se niega a ejercer el derecho al sufragio; es decir renuncia a su derecho constitucional de disfrutar sus derechos políticos y participar en la toma de las decisiones públicas, su beneficio y de la colectividad.
5 Es la población organizada democráticamente, que participa, directa o indirectamente, en los debates públicos y en el diseño de programas y espacios sociales y políticos.
6 Es una consulta popular mediante la cual los habitantes del cantón se pronuncian sobre un asunto de trascendencia regional, se manifiestan sobre la revocatoria del mandato de un alcalde municipal o para aprobar o rechazar una transformación político- territorial (división político-administrativo).
7 Los costarricenses, mayores de dieciocho años inscritos en el Departamento Electoral del Registro Civil.
8 Es la consulta popular que tiene por objeto la aprobación, modificación o derogación de un reglamento o disposición municipal de carácter normativo.
9 Es una función cívica primordial y obligatoria de las y los ciudadanos inscritos en el Registro Civil.
10 es definido como la reunión pública del Concejo Municipal, los Concejos Distritales, y los habitantes del Cantón en calidad de invitados a participar para discutir asuntos de interés para la comunidad. Puede ser cerrado, cuando no participa la ciudadanía, o abierto cuando las y los vecinos son invitados a participar.
11 Es un acto absolutamente personal que se emite en forma directa y secreta, con las excepciones que la Ley contempla, ante las Juntas Electorales encargadas de su recepción, para elegir las principales autoridades públicas tanto en el nivel nacional como en el cantonal.
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