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Nombramiento.

Plantel educativo para la aplicación.

Educación Básica.

Plaza o plazas

Criterios para la conformación de la lista de resultados.

Calendario

Plataforma digital.

Observador.

Participante.

Programa.

Centro(s) de Trabajo.

i) Al sistema informático mediante el cual se lleva a cabo el pre-registro, registro y seguimiento de la información del Programa.

c) A las reglas para ordenamiento de las listas de resultados de la valoración de los elementos multifactoriales del proceso de selección.

j) A las de jornada y a las de hora-semana-mes, según corresponda.

k) Al Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos.

f) A la persona física o moral, debidamente acreditada ante las autoridades educativas de las entidades federativas, que podrá estar presente en el proceso de selección con fines de observación, en las etapas que determine la Unidad del Sistema.

e) Al documento que expiden las autoridades educativas de las entidades federativas para formalizar la relación jurídica con el personal docente, técnico docente, de asesoría técnica pedagógica, de dirección y de supervisión, en los términos de la legislación laboral aplicable.

a) a la programación de actividades establecido y publicado anualmente por la Unidad del Sistema para llevar a cabo cada una de las fases y etapas del proceso de selección para la promoción horizontal, previsto en la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.

d) A la que comprende los niveles de inicial, preescolar, primaria y secundaria, incluyendo la educación indígena, la educación física, la que se imparte en los centros de Educación Básica para adultos, así como el servicio de educación especial.

h) A las escuelas u otras instalaciones que se habiliten para la aplicación presencial de los instrumentos de valoración.

b) Al conjunto organizado de recursos humanos y físicos que opera bajo la autoridad del personal directivo o de supervisión, destinado a organizar e impartir Educación Básica, con un horario determinado.

g) Al personal de Educación Básica que decide voluntariamente participar en la convocatoria pública del proceso de selección para la promoción horizontal y cumple con los requisitos establecidos en la misma, sin impedimento legal alguno.