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1. Derechos.
2. Deberes.

Mantener una conducta basada en el respeto, la responsabilidad, la tolerancia, la convivencia y la colaboración,

Recibir unos SSSS de calidad.

Recibir información suficiente, veraz, accesible y comprensible sobre las prestaciones de SSSS, así como de los requisitos necesarios para el acceso a las mismas.

Acceder al SPSS en condiciones de igualdad, universalidad, dignidad, intimidad y privacidad.

Renunciar a las prestaciones de SSSS concedidas.

Participar en la toma de decisiones que le afecten individual o colectivamente, así como en la planificación, seguimiento y evaluación del SPSS.

Presentar sugerencias, quejas y reclamaciones y recibir respuesta.

Contribuir a la financiación de las prestaciones del SPSS, conforme se determine reglamentariamente, en función de la capacidad económica personal.

Disponer de un TdS de referencia en el ámbito de los SSASB.

A la reserva, confidencialidad y secreto profesional, así como a la disponibilidad de espacios adecuados de atención que garanticen la intimidad.

A la valoración y diagnóstico técnico de la situación o demanda social que presente y, en su caso, a una intervención individualizada.

Cumplir las normas, requisitos y condiciones para el acceso y uso de las prestaciones de SSSS.

Comparecer ante las Administraciones Públicas en la tramitación de expedientes o la gestión de las prestaciones sociales.

Comunicar los cambios personales y socioeconómicos, cualquier otro que se produzca y que pudieran afectar a las prestaciones de SSSS solicitadas y/o concedidas.

Participar activamente en el proceso de intervención individualizado, así como cumplir los compromisos asumidos en relación con cada prestación social concedida.