Modificación del Contrato (CECE 3.A)Online version Clasifica las siguientes características de la Relación Laboral según se trate de movilidad funcional, movilidad geográfica o modificación sustancial de las condiciones de trabajo. by Rafael Ruiz Luque 1 Movilidad Funcional 2 Movilidad Geográfica 3 Modificación sustancial de las condiciones de Trabajo Modificación que se puede hacer siempre que se respete la dignidad y formación del trabajador conjuntamente Puede ser vertical u horizontal Modificación que debe hacerse por el tiempo imprescindible y por causas imprevisibles Modificación que consiste en el cambio de funciones entre distintos grupos profesionales Modificación que genera una indemnización de 20 días por cada año trabajado con un máximo de 12 mensualidades Modificación que puede consistir en un traslado o desplazamiento Los traslados individuales deben ser comunicados con 30 días de antelación En caso de traslado el trabajador tiene derecho a una compensación económica En el caso de que el traslado definitivo se lleve a una localidad que diste menos de 30 km de la anterior se considera desplazamiento Se considera traslado colectivo si afecta a todos los trabajadores de la empresa y esta tiene más de 5 trabajadores Modificación que genera una indemnización de 20 días por cada año trabajado con un máximo de 9 mensualidades Modificación que debe ser comunicada a los trabajadores y sus representantes con 15 días de antelación Modificación que afecta a la jornada de trabajo, horario y régimen de trabajo a turnos.