Froggy Jumps Extinción de las obligacionesOnline version Integrantes Equipo 5: Emiliano Amaya Ruíz Dayana Patricia Herrera Escalante María de la Luz Peña Díaz by María de la Luz Peña Díaz 1 ¿Cuál es la naturaleza jurídica de la novación? a La reunión del crédito y la deuda en una misma persona elimina la relación jurídica b Las partes en él interesadas lo alteran substancialmente c La remisión total o parcial de la obligación 2 ¿Cuáles son los efectos de la novación? a Extingue la obligación total o parcialmente b La condonación total o parcial del crédito extingue la obligación c Extingue una obligación y crea otra 3 ¿Qué es el mutuo disenso? a La obligación se extingue por el perdón que el acreedor concede a su deudor, liberándolo del débito b La extinción simultánea de dos deudas entre las mismas personas y en sentido inverso una de otra c Es el pacto o acuerdo informal de remisión o perdón de deuda 4 Es un elemento conceptual de la novación, excepto: a La imputación del pago b La creación de una nueva obligación c La intención de novar 5 Elemento conceptual de la novación que se refiere al propósito de ambas partes de extinguir la obligación precedente y de crear una nueva en su lugar. a Intención de extinguir. b Animus novandi. c Ius pretendi. 6 Se extingue cuando las calidades de acreedor y deudor se reunen en una misma persona. a Confusión. b Rescisión. c Dación en pago. 7 En el mutuo disenso, el perdón de una deuda se puede garantizar con los siguientes derechos accesorios: a Hipoteca, plusvalía y fianza. b Fianza, prenda, hipoteca. c Prenda, usufructo, servidumbre. 8 ¿Que artículo del Codigo Civil del Estado de Quintana Roo habla sobre la remisión/condonación? a Art. 2443 b Art. 2234 c Art. 2444 9 Según el CCQROO, en su artículo 2445, la condonación de la deuda principal extinguirá las: a Derechos reales b Obligaciones accesorias c Calidades de deudor y acreedor 10 ¿Cuál es el efecto del mutuo disenso? a La remisión total del crédito extingue el derecho personal y los derechos accesorios b Extinguir por ministerio de la ley dos deudas c Extingue la obligación total o parcialmente