1
Son todas aquellas que se efectúan en las aguas marítimas jurisdiccionales colombianas incluyendo canales intercostales y de tráfico marítimo
2
Es la entidad que a nombre del Estado ejecuta la política del Gobierno en materia marítima
3
Experto en el conocimiento de las condiciones meteorológicas, oceanográficas e hidrográficas de la jurisdicción de una capitanía de puerto marítima o fluvial específica
4
Es el ámbito geográfico en el cual la Autoridad Marítima Nacional ejerce sus funciones y atribuciones
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De esta manera se considera a la actividad marítima y fluvial de practicaje para todos los buques de bandera nacional y extranjera de más de doscientas (200) toneladas de registro bruto (T.R.B.), que realizan maniobras o navegación de practicaje
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De esta manera se considera a la actividad marítima o fluvial de practicaje para los buques de guerra y auxiliares de la Armada Nacional y cuando el buque de bandera nacional o extranjera esté atracado y deba ser movido con sus propios cabos a lo largo del muelle.
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Ejercicio de la actividad del piloto práctico
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Declaración expresa que hace a un Piloto Práctico, con autoridad legal, para permitir cumplir sus funciones
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Maniobra que consistente en colocar un buque al costado del muelle para asegurarlo por medio de sus líneas o cabos de amarre
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Tiene la potestad inicial para solicitar el servicio público de practicaje
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Categoría de Piloto Práctico que ejerce su función en todo tipo de buques sin limitación por su tamaño o tonelaje
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En algunas circunstancias también puede solicitar el servicio público de practicaje
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Categoría de Piloto Práctico que ejerce su función solo en buques hasta 50.000 T.R.B.
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Levar anclas, soltar amarras o salir del puerto
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Es toda construcción principal e independiente, idónea para la navegación y destinada a ella, cualquiera que sea su sistema de propulsión