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Con la finalidad de que el proceso sirva para el reconocimiento formal de un derecho.
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Son procesos que persiguen la ejecución o cumplimiento material de un derecho ya reconocido, bien por ley o bien por una sentencia previa de un juicio declarativo que así lo reconozca
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Ante un magistrado (magister), experto en materia jurídica que inicia y encauza el proceso hasta la siguiente fase.
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Ante un juez (iudex) no experto en derecho, ante el cual se practican las pruebas y dicta sentencia condenando o no al demandado.
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Iban a la cabeza de la fórmula, eran advertencias al Juez, señalandose una circunstancia decisiva para ver si había de entrar o no en el fondo de la cuestión litigiosa o limitar el alcance de sus consecuencias.
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El reflejo de aquel tipo de alegación del demandado que no consiste en una negativa rotunda del fundamento alegado por el demandante sino en señalar una circunstancia
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Se utilizaba la aprehensión corporal, por ejemplo, para la ejecución de sentencia en virtud de lo dispuesto en la ley de las XII Tablas.
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Tiene un carácter excepcional, porque se utiliza sólo para hacer efectivos determinados créditos y no se verifica ante el magistrado, por lo que podría considerarse en este punto como un medio extraprocesal.
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Según Gayo, iba a la cabeza de la fórmula y trata de aclarar o indicar el origen del cual se deriva el derecho alegado en las fórmulas con intentio incerta