Explicación
Prohibición de circulación de toda clase de vehículos en ambos sentidos.
Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niños como una escuela, una zona de juegos, etc.
Peligro por la proximidad de uno o varios pasos para peatones.
Indica el lugar reservado para parada de autobuses.
La flecha señala la dirección y sentido que los vehículos tienen la obligación de seguir.
Indica las zonas de circulación que están destinadas en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: la velocidad máxima de los vehículos está fijada en 10 km/h y los conductores deben conceder prioridad a los peatones; los vehículos pueden estacionarse únicamente en los lugares designados por señales o por marca; los ciclos y, en su caso, los VMP, pueden circular en ambos sentidos, salvo que la autoridad competente establezca lo contrario; los peatones pueden utilizar toda la zona de circulación y por tanto no se señalizan los pasos peatonales; los juegos y los deportes están autorizados en ella. Irá siempre acompañada de la seña R-301 que limitará la velocidad a 10 km/h.
Prohibición de acceso a vehículos destinados al transporte de mercancías, entendiéndose como tales camiones, tractocamiones, furgones y furgonetas, independientemente de su masa.
Peligro por la proximidad de un resalte o badén en la vía o pavimento en mal estado.
Obligación para los conductores de vehículos de circular, por lo meno, a la velocidad indicada por la cifra, en kilómetros por hora, que figure en la señal, desde el lugar en que esté situada hasta otra de velocidad mínima diferente, o de fin de velocidad mínima o de velocidad máxima de valor igual o inferior.
Peligro por la proximidad de una intersección en la que la que rige la regla general de prioridad de paso.
Indica que una calzada con 3 carriles de circulación en el mismo sentido, que se producirá una bifurcación con cambio de dirección en el carril derecho.
Obligación para los conductores de toda clase de camiones, tractocamiones y furgones o furgonetas, independientemente de su masa, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. La inscripción de una cifra de tonelaje sobre la silueta del vehículo o en una placa suplementaria, significa que la obligación solo se aplica cuando la MMA del vehículo o conjunto de vehículos supere la citada cifra.
Prohibición de acceso a vehículos destinados al transporte de mercancías, entendiéndose como tales camiones, tractocamiones, furgones y furgonetas, independientemente de su masa.
Indica que en la calzada de un carril que se prolonga en la dirección de la flecha los vehículos deben circular en el sentido indicado por esta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario.
Por añadidura a los principios generales sobre adelantamiento, indica la prohibición a todos los vehículos de adelantar a los vehículos a motor que circulen por la calzada cuando dicha maniobra implique invadir la zona reservada al sentido contrario de circulación. La prohibición se aplica desde el lugar en que esté situada la señal hasta la siguiente señal de "Fin de prohibición de adelantamiento" o "Fin de prohibiciones". Colocada en aquellos lugares donde por norma está prohibido el adelantamiento, recuerda de forma genérica la prohibición de efectuar esta maniobra.
Peligro por la proximidad de una sucesión de curvas peligrosas próximas entre sí, siendo la primera de ellas hacia la derecha.
Recomienda una velocidad de circulación, en kilómetros por hora, que se aconseja no sobrepasar aunque las condiciones meteorológicas y ambientales de la vía y de la circulación sean favorables. Cuando está colocada bajo una señal de advertencia de peligro, la recomendación se refiere al tramo que dicho peligro subsista.
Señala el lugar desde el que todas las prohibiciones específicas indicadas por señales anteriores de prohibición para vehículos en movimiento dejan de tener aplicación.
Las flechas señalan la dirección y sentido del movimiento giratorio que los vehículos deben seguir.
Prohibición de circular a velocidad superior, expresada en kilómetros por hora, a la indicada en la señal. Obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima señal "Fin de limitación de velocidad", de "Fin de prohibiciones" u otra de "Velocidad máxima", salvo que esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro o en el mismo panel que esta, en cuyo caso la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado. Situada en una vía sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad. Si el límite indicado por la señal coincide con la velocidad máxima permitida para el tipo de vía, recuerda de forma genérica la prohibición de superarla.