Matching Pairs DERECHO DE FAMILIA Online version Actividad de repaso para el parcial del segundo corte de los temas vistos. by Diana Paola Martinez 1 Concepto de la jurisprudencia de alimentos 2 La responsabilidad parental es: 3 La Sentencia C-145/10 de la Corte Constitucional establece que el usufructo de los bienes del hijo, la administración de esos bienes, la representación judicial y extrajudicial del hijo son: 4 ¿Cuáles son las autoridades que ejercen la inspección, vigilancia y control del cumplimiento de las funciones de las autoridades competentes en garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes? 5 La fijación de cuota alimentaria en separación de cuerpos, debe basarse en los siguientes elementos objetivos: 6 Los menores de edad con residencia habitual en el exterior, igual o superior a un (1) año, y que vayan a salir del país con uno solo de sus progenitores, no requerirán autorización cuando decidan volver a aquella. Sin embargo para efectos de la salida deben proporcionar: 7 ¿La finalidad del SRPA, le garantiza al menor? 8 ¿Quién puede adoptar? 9 El derecho de visitas es en favor del menor y de 10 El derecho de visitas tanto del padre como del menor se deriva de Un complemento de la patria potestad y una obligación inherente a la crianza de los niños. Del cónyuge que no guarda la custodia del menor. Certificación de residencia en el exterior, expedido por el consulado competente y copia del documento en el cual se establezca la custodia en cabeza del progenitor con quien va a salir la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño La patria potestad El derecho de alimentos es aquel que le asiste a una persona para reclamar de quien está obligado legalmente a darlos, lo necesario para su subsistencia cuando no está en capacidad de procurársela por sus propios medios. Derechos que otorga la patria potestad a los padres del menor. La Procuraduría General de la Nación, La Contraloría General de la República, La Defensoría del pueblo, Las Personerías distritales y municipales, Las entidades administrativas de inspección y vigilancia y la sociedad civil organizada. La proporción en que los cónyuges deben contribuir a los gastos de crianza, educación y establecimiento de los hijos comunes. Quien tenga más de 25 años, sea capaz y tenga al menos 15 años más que el adoptable y garantice idoneidad física, mental, moral y social.