Matching Pairs Actividad Integradora I - Juego Interactivo EDUCAPLAYOnline version Quieres jugar un juego interesante y divertido para aprender un tema increíble acerca del articulo 123 y los artículos más emblemáticos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ingresa al juego y divierte mientras aprendes. Reglas 1. En las dos columnas hay distinta información en el lado izquierdo, hay una lista de elementos, como palabras o frases cortas. En la columna de la derecha, hay otra lista de elementos que estén relacionados de alguna manera con los elementos de la columna izquierda. 2. El objetivo del juego es encontrar la relación entre los elementos de ambas columnas. Puede ser su concepto o características. 3. Luego, trata de emparejar los elementos correctamente, uniendo los elementos de la columna izquierda con los correspondientes de la columna derecha. 4. Une todos los elementos de manera correcto y gana el juego. Recuerda que lo más importante es divertirte y ejercitar tu capacidad de asociación y pensamiento creativo. ¡Buena suerte y que te diviertas jugando a la "Relación de Columnas"! acerca de la Actividad Integradora I - Juego Interactivo EDUCAPLAY. Referencias. Se encuentran en el archivo pdf. by Erika Daniela Gomez Souza 1 Apartado B (Aplicaciones) 2 ¿Qué menciona el articulo 29 de la Cpeum? 3 ¿Cuál es la diferencia entre las garantías individuales y sociales? 4 ¿De que hablan los artículos 3o., 4o., 27, 28 y 123 de la Cpeum? 5 Apartado B (Subdivisiones) 6 ¿De qué es el articulo 1 de la Cpeum? 7 ¿De que habla el articulo 28° de la Cpeum? 8 ¿En qué artículos se encuentran las garantías individuales? 9 Apartado A (Subdivisiones) 10 ¿Sobre qué es el articulo 123 de la Cpeum? 11 Apartado A ¿Qué es? 12 ¿Qué son las garantías sociales? 13 ¿De que trata el articulo 3° de la Cpeum? 14 ¿En qué artículos se encuentran las garantías sociales? 15 Apartado A (Aplicaciones 16 ¿Qué dice el articulo 4° de la Cpeum? 17 ¿En qué cosiste el articulo 27° de la Cpeum? 18 ¿De que hablan los art 1° al 29 de la Cpeum? 19 ¿A que hace referencia el artículo 123? 20 Apartado B ¿Qué es? 21 ¿Qué son las garantías individuales? Están enfocados a la educación, los indígenas, mujeres, niños, a la salud, vivienda, propiedad con sus modalidades, trabajo y previsión social. Se refiere a los trabajadores en general que no sean empleados del Estado Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos , conforme a la ley. Los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura. Artículos 3o., 4o., 27, 28 y 123. Quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos. Establece que la propiedad de tierras y aguas se divide en pública, privada y social. Se refieren a los derechos y beneficios que el Estado garantiza a los ciudadanos para asegurar su bienestar y calidad de vida. Se refiere a los derechos y obligaciones del capital y el trabajo. Las garantías individuales protegen los derechos individuales, mientras que las garantías sociales aseguran la calidad de vida de los ciudadanos. Los niños y niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento. Mejorar el cúmulo de derechos individuales en relación con los trabajadores en general, coartando sus derechos colectivos. Todas las autoridades, tienen la obligación de promover y garantizar los derechos humanos de conformidad. Establece cuáles son los derechos de los dos tipos de trabajadores: a) de base y b) de confianza. Derechos y obligaciones del capital y el trabajo; Se refieren a los derechos que protegen a las personas de posibles abusos por parte del gobierno u otras entidades. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, se promoverán la creación de empleos y la organización. De los derechos que todo individuo posee por el simple hecho de haber nacido. Se enfoca en los trabajadores al servicio del Estado. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. Artículo 1° al 29.