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El servicio público en el derecho administrativo francésOnline version
Actividad de repaso sobre la noción, elementos, categorías, régimen jurídico y principios del servicio público en Francia, así como la relevancia de las sentencias Blanco y Bac d’Eloka. Debe realizarse las veces necesarias hasta alcanzar el 100 % de respuestas correctas.
1
¿Cuál formulación recoge con mayor precisión la noción de servicio público expuesta en la lectura?
a
Actividad de interés general asumida directa o indirectamente por la Administración, cuya calificación depende de una decisión política variable en tiempo, lugar y modo.
b
Actividad de alto contenido social prestada por una persona pública, cuya naturaleza permite reconocerla como servicio público sin una decisión de la autoridad.
c
Actividad destinada a satisfacer necesidades colectivas, confiada por regla general al Estado y excepcionalmente a particulares sometidos íntegramente al derecho público.
2
Si una persona privada ejecuta una actividad de interés general, ¿qué razonamiento corresponde al elemento orgánico del servicio público?
a
La delegación de una persona pública convierte la actividad en servicio público, aunque el juez solo puede verificar el acto de encargo y no sus condiciones de gestión.
b
La finalidad de interés general permite presumir el servicio público, siempre que la persona privada posea prerrogativas de poder público y aplique derecho laboral.
c
Su carácter privado crea una presunción de servicio privado, pero el juez puede desvirtuarla mediante indicios como financiación, tutela, recursos y régimen del personal.
3
En la concepción de Léon Duguit citada por el autor, ¿qué lugar ocupa el servicio público frente al poder estatal?
a
Es una actividad asegurada, regulada y controlada por los gobernantes debido a su importancia social, y constituye fundamento y límite del poder de la autoridad.
b
Es una actividad regulada por los gobernantes para atender demandas sociales, y constituye principalmente una prerrogativa que amplía el poder público.
c
Es una actividad controlada por el Estado por su interés general, y limita a la autoridad solo cuando la gestión ha sido confiada a una persona privada.
4
¿Cuál es la aportación conjunta atribuida a la sentencia Blanco por la lectura?
a
Determina la competencia administrativa, afirma reglas autónomas y especiales para el servicio público y vincula recíprocamente competencia y derecho aplicable.
b
Excluye el Código Civil para toda actuación estatal y convierte el servicio público en criterio único e invariable de la competencia administrativa.
c
Reconoce reglas especiales para la responsabilidad estatal, pero conserva la competencia judicial cuando la condena solicitada es exclusivamente pecuniaria.
5
Si hoy se reprodujera exactamente el daño del caso Blanco, ¿qué jurisdicción sería competente según la evolución legislativa explicada?
a
La administrativa, porque el daño provino de obreros de un servicio público estatal, aunque la legislación posterior asignó ciertos accidentes vehiculares al juez judicial.
b
La judicial, porque toda manufactura estatal funciona como actividad industrial privada, aun cuando Blanco originalmente afirmó la competencia administrativa.
c
La judicial, porque la reforma de 1957 le atribuyó los daños causados por vehículos, noción interpretada ampliamente e inclusiva del vagón.
6
¿Qué efecto tuvo Bac d’Eloka sobre la tesis clásica que hacía del servicio público el criterio de competencia?
a
Mostró que un SPIC puede someterse al derecho privado y al juez judicial, por lo que el servicio público dejó de operar como criterio exclusivo de competencia.
b
Confirmó que todo servicio gestionado por el Estado corresponde al juez administrativo, aunque admitió aplicar reglas privadas a sus relaciones comerciales.
c
Creó los servicios de gestión privada y eliminó la competencia administrativa sobre ellos, aunque mantuvo la categoría de servicio público por su finalidad general.
7
Ante una calificación ambigua, ¿cómo debe identificarse un servicio público industrial y comercial según la lectura?
a
Se examina primero el texto de creación y, fuera de una calificación clara, se valoran conjuntamente objeto, origen de recursos y modalidades de funcionamiento.
b
Se atiende principalmente al cobro de una tarifa al usuario y se corroboran, como elementos secundarios, el objeto económico y la organización interna.
c
Se compara su objeto con la empresa privada; si produce o intercambia bienes, los recursos y el funcionamiento dejan de ser decisivos para el juez.
8
¿Cuál inferencia distingue con mayor precisión un SPA de un SPIC a partir del origen de sus recursos?
a
Subvenciones o tributos orientan hacia un SPA y el precio pagado por usuarios hacia un SPIC, pero la calificación exige relacionar ese dato con los demás criterios.
b
El origen de los recursos es un indicio útil, pero solo las modalidades de funcionamiento permiten una calificación judicial definitiva del servicio.
c
Los tributos determinan siempre un SPA, mientras cualquier pago del usuario determina un SPIC, con independencia del objeto y del modo de funcionamiento.
9
¿Qué consecuencia expresa mejor el principio de evolución o mutabilidad del servicio público?
a
La Administración puede modificar unilateralmente el contrato por interés general, preservando su equilibrio financiero; el usuario no tiene derecho a conservar el servicio.
b
La Administración puede adaptar la organización del servicio, pero requiere aceptación del contratista si la modificación afecta las cláusulas financieras.
c
El usuario puede exigir el cumplimiento de las reglas vigentes y reclamar indemnización cuando la supresión del servicio sea prematura, aunque no su conservación indefinida.
10
¿Cuál síntesis articula correctamente continuidad, igualdad y gratuidad en los servicios públicos?
a
Continuidad tiene valor constitucional; igualdad exige trato similar y neutralidad; no hay gratuidad general, aunque ciertos servicios esenciales deben ser gratuitos.
b
Continuidad tiene valor constitucional e impide toda huelga; igualdad exige trato idéntico; la gratuidad general deriva de la satisfacción del interés general.
c
Continuidad exige prestación permanente; igualdad es una regla legal expresa; la gratuidad de los servicios públicos fue reconocida por el Consejo Constitucional.