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EL EXPERTO EN SEGURIDAD SOCIAL (D)

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A continuación encontrará 15 preguntas sobre Seguridad Social en Salud y emergencias médicas.
Responda lo más rápido posible.

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EL EXPERTO EN SEGURIDAD SOCIAL (D)Online version

A continuación encontrará 15 preguntas sobre Seguridad Social en Salud y emergencias médicas. Responda lo más rápido posible.

by ANA LUCIA ORJUELA MARTINEZ
1

La sigla SGSSS significa:

2

El Sistema General de Seguridad Social en Salud se creo mediante:

3

Uno de los riesgos que ampara la seguridad social es.

4

¿Qué comprende la seguridad social en Colombia?

5

Los mecanismos para afiliarse al SGSSS son:

6

¿Qué entidad administra el régimen subsidiado?

7

Las personas que se pueden afiliar al Régimen Contributivo son aquellas que:

8

¿Quiénes pueden solicitar afiliación al Régimen Subsidiado?

9

El sistema de Pensiones lo administra.

10

El objetivo del Sistema de Riesgos Laborales es brindar atención a los trabajadores en:

11

Un grupo poblacional afiliado al régimen de excepción es:

12

La afiliación a cualquier Régimen en Salud, este me permite recibir la atención salud a través de:

13

Los cotizantes y beneficiarios afiliados al Régimen subsidiado pagan por la atención en salud:

14

En caso de emergencia el sistema esta obligado a atenderme, ¿a donde puedo acudir si estoy fuera de la ciudad de residencia?

15

Si sufro un accidente en vía pública tengo derecho a:

16

Se define SOAT, como:

Explicación

SGSSS, significa Sistema General de Seguridad Social en Salud

La ley 100 de 19923 se publicó el 23 de Diciembre de 1993 pero fue implementada en su totalidad a partir de 1994.

Los dos riesgos adicionales a este que ampara la seguridad social son: Económicos y sociales: desempleo, paro forzoso, cargas familiares excesivas., y Biológicos: maternidad, vejez y muerte

Atención en salud y en riesgos laborales además fondos de pensiones y servicios sociales.

Todos los habitantes del territorio colombiano están afiliados a alguno de los regímenes.

A través de la encuesta de SISBENIZACIÓN O SISBEN se hace la identificación de los beneficiarios al Régimen Subsidiado que es administrado por las EPS-S Entidades Prestadoras de Salud del Subsidiado.

Se pueden afiliar quienes tienen capacidad de pago como cotizantes y sus beneficiarios serán los hijos y esposa en caso de tener relación permanente o los padres en caso de soltería.

Se pueden afiliar al Régimen Subsidiado aquellos que no tienen capacidad de pago y por ende el estado les subsidia parte de los gastos por la atención en salud de acuerdo al nivel de clasificación obtenido a través de la encuesta SISBEN. Los clasificados en Nivel 1 o 2 recibirán subsidios parciales o totales por la atención.

El Sistema de Pensiones lo administran los Fondos pensionales privados y COLPENSIONES.

El Sistema de Riesgos Laborales comprende el conjunto de entidades, normas y procedimientos tendientes a prevenir y proteger a los trabajadores de los riesgos para desarrollar enfermedades o tener accidentes de origen laboral.

La ley 100 de 1993 trae su regla de excepción: existen grupos de personas que se encuentran excluidas del Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS–debido a que cuentan con un régimen excepcional en Salud en el cual los atienden o prestan el servicio integral a la Salud; estas personas se encuentran mencionadas expresamente en el artículo 279 de la Ley 100 de 1993. un grupo poblacional son los miembros fuerzas militares y de policía de Colombia.

Acciones de recuperación en salud, procedimientos, medicamentos y atención paliativa.

Los cotizantes y sus beneficiarios pagan por la atención en salud cuotas moderadoras y copagos según el nivel salarial del cotizante.

Todas las EPS Y EPSS, a través de sus IPS del país están en obligación de atender la urgencias y emergencias de los ciudadanos indiferentemente del sitio de residencia.

Según el Plan de Beneficios en Salud contenido en el articulo 23 de la Resolución 5269 de 2017 y el la Resolución 926 de 2017, SEM, se garantizara la respuesta oportuna a las víctimas de enfermedad, accidentes de tránsito, traumatismo o paro cardiorrespiratorio que requieran atención médica de urgencias.

Seguro Obligatorio en Accidentes de Transito.

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