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51 Serán sancionados de tres a cinco años, cuando el resultado dañoso es producto de acciones innecesarias, peligrosas e ilegítimas, tales como:
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52 En los delitos de tránsito que tengan como resultado lesiones a las personas, se aplicarán las sanciones previstas en el:
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53 En los delitos de tránsito que tengan como resultado lesiones, si la persona conduce el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, se aplicarán:
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54 Si como resultado de las lesiones se produce en la víctima un daño, enfermedad o incapacidad de cuatro a ocho días, el responsable será sancionado con:
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55 Si el conductor produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de nueve a treinta días, será sancionado con:
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56 Si produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de treinta y uno a noventa días, el conductor será sancionado con:
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57 Si produce a la víctima una grave enfermedad o una disminución de sus facultades físicas o mentales o una incapacidad o enfermedad, que no siendo permanente, supere los noventa días, el conductor será sancionado con:
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58 Si se produce a la víctima enajenación mental, pérdida de un sentido o de la facultad del habla, inutilidad para el trabajo, incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano o alguna grave enfermedad transmisible e incurable, el conductor será sancionado con:
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59 Si la persona conduce el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y como resultado de las lesiones se produce a la víctima un daño, enfermedad o incapacidad de cuatro a ocho días, será sancionada con:
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60 Si la persona conduce el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y como resultado de las lesiones se produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de nueve a treinta días, será sancionada con:
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61 Si la persona conduce el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y como resultado de las lesiones se produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de treinta y uno a noventa días, será sancionada con:
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62 Si la persona conduce el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y como resultado de las lesiones se produce a la víctima una grave enfermedad o una disminución de sus facultades físicas o mentales o una incapacidad o enfermedad, que no siendo permanente, supere los noventa días, será sancionada con:
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63 Si la persona conduce el vehículo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y como resultado de las lesiones se produce a la víctima enajenación mental, pérdida de un sentido o de la facultad del habla, inutilidad para el trabajo, incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano o alguna grave enfermedad transmisible e incurable, será sancionada con:
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64 Será sancionado/a con pena privativa de libertad de seis meses a un año, suspensión de la licencia de conducir por el mismo plazo:
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65 La persona que conduzca un vehículo de transporte público con daños mecánicos previsibles, y como resultado de ello ponga en peligro la seguridad de los pasajeros, será sancionada con:
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66 La persona que conduzca un vehículo cuyas llantas se encuentren lisas o en mal estado, será sancionada con:
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67 La persona que conduzca un vehículo de transporte público cuyas llantas se encuentren lisas o en mal estado, será sancionada con:
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68 A la persona que conduzca un vehículo en estado de embriaguez y el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,3 a 0,8 gramos, se le aplicará multa de:
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69 A la persona que conduzca un vehículo en estado de embriaguez y el nivel de alcohol por litro de sangre es mayor de 0,8 hasta 1,2 gramos, se le aplicará multa de:
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70 A la persona que conduzca un vehículo en estado de embriaguez y el nivel de alcohol por litro de sangre supera 1,2 gramos, se le aplicará multa de:
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71 Para las o los conductores de vehículos de transporte público liviano o pesado, comercial o de carga, la tolerancia al consumo de cualquier sustancia estupefaciente, psicotrópica o preparado que las contengan es:
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72 Para las o los conductores de vehículos de transporte público liviano o pesado, comercial o de carga, en caso de exceder un nivel máximo de alcohol de 0,1 gramos por cada litro de sangre, la sanción será:
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73 Será sancionado con pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de diez puntos en su licencia de conducir:
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74 Serán sancionados con multa del cincuenta por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de nueve puntos en su licencia de conducir:
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75 La o el conductor que detengan o estacionen vehículos en sitios o zonas que entrañen peligro, tales como: zonas de seguridad, curvas, puentes, ingresos y salidas de los mismos, túneles, así como el ingreso y salida de estos, zonas estrechas, de poca visibilidad, cruces de caminos, cambios de rasante, pendientes, o pasos a desnivel, sin tomar las medidas de seguridad señaladas en los reglamentos, comete una:
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76 La o el conductor que con un vehículo automotor exceda dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos, de conformidad con los reglamentos de tránsito correspondientes, comete:
27
77 La o el conductor que detenga o estacione un vehículo automotor en lugares no permitidos, para dejar o recoger pasajeros o carga, o por cualquier otro motivo, comete:
28
78 La o el conductor que utilice el teléfono celular mientras conduce y no haga uso del dispositivo homologado de manos libres, comete:
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79 El conductor será sancionado con multa equivalente al cinco por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de uno punto cinco puntos en su licencia de conducir:
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80 La o el conductor que no utilice el cinturón de seguridad, comete:
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