REGULACIONES LEGALES SOBRE PROGRAMAS COMPLEMENTARIOS PREVENTIVOS Y DE SENSIBILIZACIÓN-EINNOVAOnline version
Fundamentos técnico-legales sobre los requerimientos asociados a los programas complementarios complementarios, preventivos y de sensibilización según el decreto 254 en El Salvador
1
De acuerdo con el Artículo 8, numeral 7 del Decreto 254, ¿qué debe establecerse dentro de los programas complementarios?
a
Programas complementarios sobre consumo de alcohol y drogas, prevención de infecciones de transmisión sexual, VIH/SIDA, salud mental y salud reproductiva.
b
. Programas preventivos sobre violencia hacia las mujeres, acoso sexual y riesgos psicosociales.
c
Medidas de gestión y comunicación para adecuar responsabilidad y control sobre el trabajo.
d
Mecanismos de investigación y detección temprana de riesgos psicosociales.
2
¿Cuál es la base legal indicada para los programas complementarios?
a
Artículo 55 del Reglamento 86.
b
Artículo 8, numeral 7 del Decreto 254.
c
Artículo 279 del Reglamento 86.
d
Artículo 276 del Reglamento General de Gestión de la Prevención de Riesgos
3
¿Cuál es el propósito general de los programas complementarios?
a
Sustituir los programas preventivos y de sensibilización sobre riesgos psicosociales
b
Aplicar únicamente medidas disciplinarias frente al consumo de alcohol y drogas.
c
Orientarse a la salud integral y al bienestar de los trabajadores.
d
Regular únicamente el diseño de turnos, rotaciones y pausas laborales.
4
¿Qué áreas abarcan los programas complementarios?
a
Violencia hacia la mujer, acoso sexual y riesgos psicosociales.
b
Diseño de turnos, ritmos de trabajo y pausas.
c
Comunicación efectiva, relaciones laborales y participación del personal.
d
Consumo de alcohol y drogas, prevención de ITS, VIH/SIDA, salud mental y salud reproductiva.
5
Según el Artículo 53 del Reglamento 86, ¿qué tipo de medidas deben establecer los programas complementarios para evitar el consumo de alcohol y drogas?
a
Medidas educativas y de sensibilización dirigidas a los trabajadores.
b
Medidas exclusivas de investigación y detección temprana.
c
Medidas de sanción disciplinaria como eje central del programa.
d
Medidas enfocadas solamente en salud reproductiva.
6
¿Cuál es uno de los efectos que se busca evitar mediante medidas educativas sobre alcohol y drogas?
a
La formulación de programas sobre acoso sexual.
b
Daños en los trabajadores y alteraciones en la organización de trabajo.
c
La evaluación de exposición a riesgos psicosociales con métodos estandarizados.
d
La recolección de propuestas en todos los niveles del lugar de trabajo.
7
Además de alcohol y drogas, ¿qué contenidos debe incluir la capacitación del personal dentro de los programas complementarios?
a
Solo criterios para sancionar incumplimientos laborales.
b
Únicamente investigación de accidentes de trabajo.
c
Principios y procedimientos para prevenir ITS, incluido el VIH/SIDA, y principios básicos de salud mental y reproductiva.
d
Exclusivamente pausas, rotaciones y turnos de trabajo.
8
¿Cuál aparece como punto crítico en los requerimientos de programas complementarios?
a
Exceso de mecanismos sancionatorios.
b
Ausencia de diseño ergonómico de puestos de trabajo.
c
Falta de evaluación cuantitativa del ruido laboral.
d
No se define de forma precisa las medidas educativas.
9
¿Cuál es uno de los focos de formación señalados para los programas complementarios?
a
Prevención de ETS.
b
Diseño de turnos nocturnos.
c
Clasificación de puestos de trabajo.
d
Auditoría externa del sistema de gestión.
10
¿Cuál es una recomendación vinculada a la prevención de ETS?
a
Evitar la participación del personal con instituciones de salud.
b
Desarrollar campañas de entrega de mecanismos de barrera para la prevención de ETS.
c
Sustituir las acciones de capacitación por sanciones administrativas.
d
Aplicar únicamente encuestas de clima laboral.
11
De acuerdo con el Artículo 8, numeral 10 del Decreto 254, ¿qué deben formularse dentro del programa preventivo y de sensibilización?
a
Programas complementarios sobre consumo de alcohol y drogas.
b
Programas de vigilancia a la salud para personas en riesgo de contraer ETS.
c
Programas preventivos y de sensibilización sobre violencia hacia las mujeres, acoso sexual y riesgos psicosociales.
d
Programas exclusivos de documentación y archivo administrativo.
12
¿Cuál es la ley aplicable señalada para los programas preventivos y de sensibilización?
a
Ley General de Salud.
b
Ley Federal del Trabajo.
c
Artículo 53 del Reglamento 86.
d
Reglamento General de Gestión de la Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo.
13
¿Cuál es el objetivo de los programas preventivos y de sensibilización sobre riesgos psicosociales?
a
Prevenir y reducir los riesgos psicosociales mediante programas preventivos y actividades de sensibilización que promuevan ambientes laborales seguros, respetuosos e inclusivos.
b
Evitar únicamente el consumo de alcohol y drogas dentro del lugar de trabajo.
c
Regular exclusivamente campañas de salud reproductiva.
d
Definir únicamente sanciones económicas para los trabajadores.
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Según el Artículo 55 del Reglamento 86, ¿qué deben incluir los programas preventivos y de sensibilización sobre riesgos psicosociales?
a
Solo lineamientos de entrega de mecanismos de barrera.
b
Acciones educativas con la participación de un conocedor de la materia.
c
Exclusivamente listas de asistencia a capacitaciones.
d
Únicamente campañas de prevención de VIH/SIDA.
15
¿Qué cultura organizacional deben promover las acciones educativas sobre riesgos psicosociales?
a
Una cultura basada en sanciones y control disciplinario.
b
Una cultura basada solo en indicadores administrativos.
c
Una cultura organizacional basada en el ser humano para favorecer un ambiente de trabajo saludable.
d
Una cultura enfocada únicamente en campañas médicas externas.
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¿Qué mecanismo deben establecer los programas preventivos y de sensibilización sobre riesgos psicosociales?
a
Un mecanismo exclusivo de entrega de equipos de protección personal.
b
Un mecanismo de reemplazo de personal expuesto a riesgos.
c
Un mecanismo de control documental de licencias médicas.
d
Un mecanismo de investigación y detección temprana de riesgos psicosociales.
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¿Cuál de los siguientes aspectos aparece como importante dentro del enfoque de riesgos psicosociales?
a
Violencia hacia la mujer.
b
Consumo de alcohol y drogas.
c
Prevención de ETS mediante mecanismos de barrera.
d
Programas de vigilancia para personas con riesgo de ITS.
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¿Cuál es una técnica sugerida dentro del enfoque de cultura para acoso y riesgos psicosociales?
a
Eliminar líneas de comunicación del acoso.
b
Establecer un marco regulatorio.
c
Reducir la atención psicológica personalizada.
d
Sustituir la prevención por acciones correctivas tardías.
19
Según el Artículo 276, ¿qué obligación tiene el empleador frente a los riesgos psicosociales?
a
Ejecutar únicamente medidas de capacitación sobre ITS.
b
Atender solamente casos asociados al consumo de alcohol y drogas.
c
Tomar medidas para prevenir, identificar, eliminar o reducir los riesgos psicosociales, debiendo los trabajadores respetar y cumplir dichas medidas.
d
Delegar toda responsabilidad en instituciones externas de salud.
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De acuerdo con el Artículo 279, ¿qué tipo de acciones deben incluir las medidas para prevenir y controlar problemas detectados en riesgos psicosociales?
a
Medidas exclusivamente sancionatorias para el personal.
b
Acciones centradas únicamente en salud reproductiva.
c
Programas exclusivos sobre consumo de alcohol y drogas.
d
Medidas de gestión y comunicación para adecuar responsabilidad, control sobre el trabajo y cambios en la organización, procesos y condiciones del entorno laboral.
Explicación
1
El Artículo 8, numeral 7 del Decreto 254 se refiere al establecimiento de programas complementarios relacionados con alcohol y drogas, ITS, VIH/SIDA, salud mental y salud reproductiva.
2
La base legal señalada para los programas complementarios es el Artículo 8, numeral 7 del Decreto 254.
3
Los programas complementarios se orientan a la salud integral y al bienestar de los trabajadores.
4
Las áreas señaladas para los programas complementarios comprenden consumo de alcohol y drogas, ITS, VIH/SIDA, salud mental y salud reproductiva.
5
El Artículo 53 del Reglamento 86 indica que los programas complementarios deben establecer medidas educativas y de sensibilización para evitar el consumo de alcohol y drogas.
6
Las medidas educativas y de sensibilización buscan evitar daños en los trabajadores y alteraciones en la organización de trabajo.
7
El Artículo 53 del Reglamento 86 incluye acciones de capacitación sobre prevención de ITS, VIH/SIDA, salud mental y salud reproductiva.
8
Entre los puntos críticos se indica que no se definen las medidas educativas de forma precisa.
9
Dentro del foco de formación se señalan la prevención de ETS, VIH/SIDA, salud mental y salud reproductiva.
10
Las recomendaciones incluyen desarrollar campañas de entrega de mecanismos de barrera para la prevención de ETS.
11
El Artículo 8, numeral 10 del Decreto 254 se refiere a la formulación de programas preventivos y de sensibilización sobre violencia hacia las mujeres, acoso sexual y riesgos psicosociales.
12
La ley aplicable indicada para estos programas es el Reglamento General de Gestión de la Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo.
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El objetivo señalado es prevenir y reducir riesgos psicosociales, promoviendo ambientes laborales seguros, respetuosos e inclusivos.
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El Artículo 55 del Reglamento 86 exige acciones educativas con la participación de un conocedor de la materia.
15
Las acciones educativas deben contribuir a una cultura organizacional basada en el ser humano y favorecer un ambiente de trabajo saludable.
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El Artículo 55 del Reglamento 86 establece la necesidad de un mecanismo de investigación y detección temprana de estos riesgos.
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Entre los aspectos importantes se señalan violencia hacia la mujer, acoso sexual y riesgos psicosociales.
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Dentro de las técnicas sugeridas se incluye establecer un marco regulatorio, definir un sistema de sanciones y brindar apoyo a las víctimas de acoso.
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El Artículo 276 establece la obligación del empleador de tomar medidas para prevenir, identificar, eliminar o reducir riesgos psicosociales, y el deber de los trabajadores de respetarlas y cumplirlas.
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El Artículo 279 establece medidas de gestión y comunicación para adecuar responsabilidad, control, organización, procesos y condiciones del entorno laboral.