Evaluación Práctica Forense F07Online version
Lea atentamente cada reactivo y seleccione la opción correcta. Este examen consta de 15 preguntas de opción múltiple basadas en el análisis técnico del escrito de demanda y la metodología de la Teoría del Caso.
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1. ¿Cómo se le denomina técnicamente al apartado inicial de una demanda que contiene los datos de identificación del expediente, el órgano jurisdiccional y el tipo de juicio?
a
Proemio
b
Rubro
c
Prestaciones
d
Puntos petitorios
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2. En el escrito de demanda, el apartado donde el actor señala su nombre, domicilio para oír y recibir notificaciones, las personas autorizadas para la defensa y el objeto o carácter de la comparecencia se conoce como:
a
Hechos
b
Rubro
c
Proemio
d
Derecho
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3. El término legal 'Petitum' o apartado de Prestaciones dentro de un escrito inicial se refiere a:
a
La narración detallada de los acontecimientos materiales.
b
El ofrecimiento de los medios probatorios conducentes.
c
La reclamación precisa de lo que se pide o exige al demandado (v.gr., la disolución del vínculo matrimonial)
d
Los artículos legales aplicables que fundamentan la acción.
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4. De acuerdo con las reglas formales de la demanda, ¿cómo debe redactarse el apartado de los Hechos para asegurar su claridad y correcta contestación?
a
En un solo párrafo continuo y extenso para no fragmentar la historia.
b
De forma numerada, cronológica, clara e independiente, abordando un solo hecho por párrafo.
c
Incluyendo abundantes adjetivos valorativos y opiniones de carácter personal.
d
Citando directamente los fundamentos legales y jurisprudencia aplicable.
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5. ¿Qué requisito formal e indispensable exige el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares al momento de promover una demanda de Divorcio Incausado?
a
Presentar actas testimoniales que acrediten la culpabilidad de uno de los cónyuges.
b
Acompañar obligatoriamente una Propuesta de Convenio que regule las consecuencias del divorcio (alimentos, bienes, custodia).
c
Haber tramitado previamente un juicio de separación de cuerpos.
d
Demostrar fehacientemente una de las causales graves previstas en los códigos causalistas anteriores.
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6. ¿Cuál es la función procesal del apartado denominado 'Puntos Petitorios' al final de la demanda?
a
Narrar el marco fáctico y los antecedentes del matrimonio.
b
Expresar de forma sintética las solicitudes concretas dirigidas al Juez (v.gr., admisión de la demanda, emplazamiento, dictar sentencia).
c
Ofrecer las pruebas documentales y periciales base de la acción.
d
Manifestar bajo protesta de decir verdad las condiciones del promovente.
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7. La frase conclusiva 'PROTESTO LO NECESARIO EN DERECHO' constituye una fórmula legal cuyo propósito es:
a
Exigir el cumplimiento forzoso de un contrato de manera inmediata.
b
Asegurar formalmente que lo declarado y promovido se realiza de buena fe y apegado a la verdad.
c
Interponer un recurso de revocación antes de la admisión.
d
Eximir al abogado del pago de las costas judiciales.
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8. ¿Qué consecuencia procesal puede originar una demanda obscura, irregular o que omita los requisitos de ley?
a
La admisión inmediata con efectos liberatorios.
b
Una prevención por parte del juzgador para que sea subsanada dentro del término legal.
c
La pérdida definitiva del derecho de acción del promovente.
d
Que el expediente sea remitido directamente a la Suprema Corte de Justicia.
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9. De acuerdo con la definición operativa, ¿qué es la Teoría del Caso?
a
Un resumen cronológico y exhaustivo de cada una de las fojas que integran el expediente judicial.
b
El planteamiento metodológico que cada parte construye para explicar de forma lógica, coherente y persuasiva qué sucedió, qué norma aplica y con qué se demuestra
c
Una recopilación de doctrinas y jurisprudencias que el juzgador utiliza para dictar sentencia.
d
El escrito de contestación que presenta el demandado para negar genéricamente las prestaciones.
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10. ¿Cuáles son los tres componentes esenciales que integran el 'Triángulo de la Teoría del Caso'?
a
Inicial, Intermedio y Conclusivo.
b
Fáctico, Jurídico y Probatorio.
c
Civil, Mercantil y Penal.
d
Concepto, Doctrina y Jurisprudencia.
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11. El componente fáctico de la Teoría del Caso se refiere a:
a
Los enunciados normativos y la subsunción jurídica aplicable al caso.
b
Los medios de prueba idóneos seleccionados para convencer al tribunal.
c
Los enunciados que describen, de manera objetiva, concreta y verificable, los acontecimientos materiales de la realidad relevantes para el juicio.
d
Las conclusiones generales expuestas por los litigantes en los alegatos de clausura.
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12. Cuando afirmamos que el litigante realiza la 'subsunción' de los hechos concretos dentro de las hipótesis normativas (tipo penal, elementos de la acción civil, etc.), nos referimos al componente:
a
Fáctico
b
Probatorio
c
Jurídico
d
Cautelar
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13. ¿Qué es una 'Proposición Fáctica' dentro de la metodología de la Teoría del Caso?
a
Una suposición teórica que no requiere ser demostrada en la audiencia.
b
Un enunciado breve, afirmativo y verificable que vincula un hecho concreto con un elemento de la norma jurídica y que puede acreditarse con una prueba específica.
c
Un argumento meramente retórico utilizado para confundir a la contraparte.
d
El auto admisorio dictado por el tribunal de alzada.
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14. De acuerdo con la 'Regla de Oro' de la Teoría del Caso, una proposición fáctica solo es verdaderamente útil en el litigio si:
a
Ha sido redactada con lenguaje sumamente técnico y lleno de adjetivos abstractos.
b
Puede leerse simultáneamente desde sus tres dimensiones: el hecho, el elemento normativo que satisface y la prueba que lo sostiene.
c
Contiene al menos tres testimonios indirectos de los acontecimientos.
d
Es idéntica a la teoría planteada por el Ministerio Público o la contraparte.
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15. Autores como Baytelman y Duce advierten que el error más frecuente de los litigantes novatos al formular su Teoría del Caso consiste en:
a
Ofrecer excesivas pruebas documentales públicas.
b
Redactar 'cargos' o 'conclusiones jurídicas' abstractas en lugar de proposiciones fácticas específicas y verificables.
c
Plantear una sola historia coherente desde el inicio del proceso.
d
Utilizar lenguaje claro, llano y desprovisto de juicios de valor.